La
Corte Suprema de Justicia frenó este jueves el incremento de las
tarifas del gas con un fallo que expresa que “los valores deben
retrotraerse al uso residencial”. Además, exige al Gobierno
realizar audiencias públicas para la fijación de nuevos valores.
Los
siete puntos principales del fallo de la Corte Suprema de Justicia
sobre la suba de las tarifas de gas, son los siguientes:
-Para
la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de
cumplimiento obligatorio.
-Se
confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las
resoluciones cuestionadas.
-La
decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
-Respecto
de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes
previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
–Se
mantiene la tarifa social.
-Se
pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de
dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
-Se
recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada
de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.
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