Pasados los 40 días de plazo que dio por segunda ocasión la Sala de
lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la Ley
de Telecomunicaciones, la Asamblea Legislativa aprobó las reformas
a dicha normativa.
Para algunos cambios se tomó como base la propuesta presentada por
la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones
(SIGET), comentaron los mismos diputados.
Una de las dudas por parte de concesionarios era donde se mencionaba
que la SIGET tenía la potestad de “vigilar” el espectro
radioeléctrico, así como los contenidos de los medios de
comunicaciones. Esta palabra fue cambiada por “monitorear” y este
será de carácter técnico, explicaron los mismo concesionarios.
Mientras tanto, la asignación de frecuencias será determinadas
por la misma SIGET por medio de subastas y concursos y no mención
directa como se hacia anteriormente. Para esto se tomará en
cuenta el público objetivo, tipo de contenido y la frecuencia que se
solicite en el espectro radioeléctrico.
“Reconoce (las reformas) a los medios comunitarios y establece
un mecanismo de concurso público distinto a la subasta para la
asignación de concesiones sin fines de lucro, resolviendo así una
demanda histórica de las radios comunitarias “, expresó
Leonel Herrera, representante de las Asociación de Radios y
Programas Participativos de El Salvador (ARPAS) sobre los cambios a
la Ley de Telecomunicaciones.
La nueva ley también define las renovaciones como los plazos de
pago, que no sean automáticas, como era anteriormente. Este plazo
será por 20 años.
El presidente de la Asociación Salvadoreña de Radiodifusores
(ASDER), José Luis Saca, dijo estar complacido con las reformas,
sobre todo, porque al final todos los involucrados se pusieron de
acuerdo.
Por su parte, la titular de la SIGET Blanca Coto, dijo que “este
proyecto nos permite dar el salto a la digitalización terrestre y
avances tecnológicos”.
Las
reformas incluyen el pago de tasas por el uso de las frecuencias, los
montos varían dependiendo la frecuencia deseada, el tipo de
contenido a proyectar, la inversión y calidad de producción. Se
excluye de este pago a los medios de comunitarios, religiosos y
públicos.
“Esta tasa será anual gradual, no hubo ningún inconveniente, es
una tasa diferenciada”, declaró Mario Tenorio de GANA.
Los cambios también permiten la explotación y concesión de
frecuencia que puede ser transferida o arrendada, pero una vez
aprobada por la SIGET, pero no se permitirá los subarrendamientos
de las frecuencias, es decir, terceras personas sin conocer quién es
el verdadero dueño de la frecuencia.
Podrán arrendar o transferir una vez que tengan solvencia, si no se
afecta continuidad del servicio o las llamadas frecuencias ociosas y
si no genera concentración, explicaron los diputados.
Las empresas de telefonía no fueron incluidas en estas reformas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario