La Justicia Contencioso
Administrativa de La Plata suspendió este martes el aumento de las
tarifas de cuatro de las empresas distribuidoras de energía
eléctrica que prestan el servicio en la provincia de Buenos Aires,
que no incluyen a las del área metropolitana Edenor y Edesur, que
prestan servicio a los partidos del Gran Buenos Aires.
La medida fue dictada por el juez
Luis Federico Arias al hacer lugar a una demanda del colectivo Acción
en la Subalternidad contra una resolución del gobierno de María
Eugenia Vidal, que aumentó las tarifas eléctricas entre un 100 y un
215 por ciento. La ONG había sostenido que ese incremento
tarifario "nunca fue debatido en audiencias públicas".
En consecuencia, el magistrado
ordenó un recálculo de los cuadros tarifarios a las empresas
Edelap (Empresa Distribuidora de Energía La Plata S.A.), Edesa
(Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.), Edeasa (Empresa
Distribuidora de Energía Atlántica S.A.) y Eden S.A. (Empresa
Distribuidora de Energía Norte S.A.).
"Las citadas empresas
deberán emitir nuevas facturas con sujeción a lo dispuesto en el
presente despacho cautelar", sostuvo Arias en su resolución.
Detalles
de la resolución
El magistrado ordenó dejar sin
efecto "la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la
distribución del servicio público de energía, autorizados
mediante Resolución N° 22 del Ministerio de Infraestructura y
Servicios públicos de la Provincia".
Además, solicitó que "se
ordene a las empresas demandadas abstenerse de aplicar la nueva
tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva
liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva
facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos
vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el
cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido,
sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio".
Según el magistrado, la resolución
oficial "vulnera el principio de participación ciudadana en
los términos del artículo 42 de la Constitución Nacional, es
decir, se traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia
colectiva de carácter individual homogéneo, al cercenar la
posibilidad de que los individuos que conforman la sociedad se
expresen e interpongan impugnaciones previas al aumento tarifario del
servicio público, el cual resulta superior al 100%".
De esa manera, advirtió que "los
usuarios se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa
de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de
ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico
desproporcionado e injustificado para todos los ciudadanos de la
provincia".
Revuelo
judicial
Las subas en las tarifas son
resistidas por vías judiciales en numerosas distritos a lo largo del
país. Hubo amparos en provincias del Sur y también en Mendoza De
manera paralela, abundan las quejas de vecinos, que se reflejan en
distintas manifestaciones.
La semana pasada, la Justicia
federal de San Martín se pronunció en contra de los aumentos, en lo
que significó la primera medida cautelar de ese fuero. "Las
facturas tienen aumento muy desproporcionado e intempestivo",
afirmó la jueza federal Martina Isabel Forns.
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