El Enargas publicó este viernes en
el Boletín Oficial una resolución en la que especificó que los
topes en la tarifa de gas en hogares y pymes, de 400% y 500%
respectivamente, tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de este
año.
Mediante la Resolución 3843/16, se
detalló que los montos no podrán exceder en esos porcentajes a lo
que hubiese correspondido con los valores vigentes al 31 de marzo. A
quienes ya abonaron sus facturas se les reintegrará en la siguiente.
"El pago de las facturas de
gas que se emitan por los consumos realizados a partir del 1 de abril
de 2016 y hasta el 31 de diciembre de dicho año no podrán superar
en más del 400% al monto, sin impuestos, que hubiere correspondido
facturar de aplicarse para la misma categoría y para el mismo
volumen consumido en el período de facturación las tarifas vigentes
al 31 de marzo de 2016", se informó.
Los descuentos que los usuarios
recibirán -es decir, todo ese excedente al tope del 400%- figurarán
en las facturas bajo la denominación "Bonificación según
Resolución MEyM Nº99/16".
En la resolución, el Enargas aclaró
que en el caso de las facturas que ya fueron emitidas y abonadas por
los usuarios "la eventual diferencia resultante será
compensada en la primera factura que se emita a partir de la fecha de
publicación". Y en cuanto a las facturas impagas, los usuarios
podrán requerir su refacturación.
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