Martes
26 de julio de 2016 - La Nacion...
...las
normas laborales... Deben
ser lo suficientemente equilibradas para proteger a quienes aportan
su trabajo, pero sin por ello alcanzar a desalentar
la inversión ni afectar la productividad...se debería asignar
preferencia a los acuerdos laborales de nivel menor (empresa o sector
geográfico) por sobre los acuerdos colectivos o paritarias en el
nivel de sector de actividad...La forma de incentivar y facilitar la
demanda de trabajo es flexibilizar y facilitar la contratación... El
período de prueba, el contrato de plazo fijo flexible y otras formas
de contratación modulares son instrumentos eficaces de promoción
del empleo y reducción de los costos laborales...los nuevos procesos
y el avance de las tecnologías hacen necesaria la
multifuncionalidad, la polivalencia funcional y la jornada variable o
flexible...La reforma laboral es, sin duda, uno de los puntales del
cambio estructural que puede llevar a la Argentina al Primer Mundo
que nunca debió abandonar.
Las
normas que regulan el trabajo deben proteger a quienes lo realizan,
pero al mismo tiempo no tienen que desalentar la inversión y la
productividad
Las
dificultades por las que atraviesa la economía debido a la herencia
recibida, reclaman, entre otras necesidades, el aumento del empleo
privado y una mejora de la competitividad. El cumplimiento de ambos
objetivos permitirían absorber el empleo público excedente e
incrementar genuinamente el nivel real de los salarios. Sin embargo,
ninguno de estos propósitos podrán lograrse sin una reforma del
modelo vigente de relaciones laborales en la Argentina. Se requieren
modificaciones legales y estructurales, tanto en las reglas de
alcance individual sobre el trabajador, como en las que hacen a los
acuerdos colectivos.
Si
bien la creación de nuevos puestos de trabajo es consecuencia,
principalmente, de la inversión y del crecimiento de la economía,
las normas laborales juegan un papel importante. Deben ser lo
suficientemente equilibradas para proteger a quienes aportan su
trabajo, pero sin por ello alcanzar a desalentar la inversión ni
afectar la productividad.
Como
marco general debe lograrse que el modelo sindical sea transparente y
que asegure el pleno ejercicio de la libertad gremial, individual y
colectiva. Se debe asegurar la democracia sindical en todos los
planos, no solo en el electivo, sino en lo que hace a la
participación real de los representados en la vida interna de los
gremios.
Un
primer punto a tener en claro es que toda imposición o carga sobre
el salario induce a la sustitución de mano de obra por capital,
afectando el nivel de empleo. La oferta de mano de obra es
relativamente insensible al nivel salarial, mientras que cualquier
incremento de impuestos y cargas sobre el trabajo reduce la demanda
de empleo y afecta el salario de bolsillo. Debe entenderse,
además, que es indistinto que las cargas las pague el trabajador
mediante deducciones de su sueldo o que las pague formalmente el
empleador.
Un
aspecto sustancial de una reforma laboral es que la negociación
de salarios y condiciones de trabajo tenga en consideración la
productividad y los límites y posibilidades de cada empresa. Para
ello debe realizarse entre interlocutores genuinos, que aunque tengan
intereses distintos, estén finalmente alineados en la búsqueda del
éxito de la empresa a la que pertenecen. En este sentido se
debería asignar preferencia a los acuerdos laborales de nivel menor
(empresa o sector geográfico) por sobre los acuerdos colectivos o
paritarias en el nivel de sector de actividad. Sólo un
acuerdo de salarios y condiciones laborales en el nivel de empresa,
con sus propias ventajas y dificultades, asegura la convergencia de
intereses entre el empresario y sus empleados y trabajadores. En
cualquier caso, el acuerdo debería ser colectivo y no individual. El
carácter colectivo comprende al conjunto de los asalariados de la
empresa, cualquiera sea su oficio o especialidad. En efecto, debe
evitarse la atomización gremial en la empresa, que a la hora de la
negociación pudiera llevar a una carrera de dirigentes sindicales
que intenten superar unos lo alcanzado por otros. La negociación
descentralizada debe ser un motor de la reformulación del modelo de
relaciones laborales. La capacidad negociadora de los
trabajadores siempre se asegura con el derecho de huelga.
Debe
eliminarse la obligatoriedad de la homologación de la autoridad
administrativa, que lejos de ser un control eficaz, a menudo se
constituyó en un obstáculo para los contenidos que se pretendían
incorporar entre las partes signatarias. El arbitraje oficial
debiera ser la última instancia frente a desacuerdos que no puedan
ser resueltos por las partes. La condición aconsejable es que el
árbitro deba optar por una u otra posición, no pudiendo resolver ni
sugerir ninguna posición intermedia o distinta. Esto impulsa el
acuerdo entre partes.
Es
importante evitar la duplicación de las autoridades administrativas
competentes en cada jurisdicción, que además de ser un dispendio
innecesario, son ineficientes y generan conflictos jurisdiccionales.
Es imprescindible contar con un sistema informático que comprenda el
régimen previsional, el de riesgos del trabajo, las asignaciones
familiares, los planes sociales y el sistema de salud. De esta forma
se evitarán incongruencias e incompatibilidades.
En
el plano individual, uno de los aspectos relevantes es ayudar a la
empleabilidad promoviendo la capacitación, el entrenamiento y un
nivel profesional adecuados. La forma de incentivar y facilitar la
demanda de trabajo es flexibilizar y facilitar la contratación y que
a la vez se brinden garantías para que no se produzcan contingencias
imprevisibles y desproporcionadas. El período de prueba, el contrato
de plazo fijo flexible y otras formas de contratación modulares son
instrumentos eficaces de promoción del empleo y reducción de los
costos laborales. Esto no obsta para que se incentive la
continuidad del contrato de trabajo. También debe tenerse en cuenta
que los nuevos procesos y el avance de las tecnologías hacen
necesaria la multifuncionalidad, la polivalencia funcional y la
jornada variable o flexible.
Debe
premiarse a quien genere nuevas oportunidades de empleo, por ejemplo,
con la reducción o el diferimiento de las cargas sociales cuando se
crean nuevos puestos de trabajo y cuando se tomen personas con
discapacidades y dificultades para reinsertarse.
La
indemnización por despido debería sustituirse por un sistema
contributivo que ampare al trabajador frente al desempleo. Esto
resultaría conveniente tanto para el empleador como para el
trabajador, aseguraría un régimen eficaz de amparo frente a la
desocupación, y a la vez establecería costos previsibles para las
empresas. Se debería crear un fondo con aportes del trabajador y
contribuciones del empleador. Los administradores de estos fondos
podrían ser entes autónomos creados al efecto. Este fondo sería
individual y propiedad del trabajador. En caso de no usarlo se podrá
convertir en una renta vitalicia al momento de la jubilación.
El
país está frente a una muy difícil coyuntura económica y social
como consecuencia de la herencia recibida de la gestión
kirchnerista. Pero está también frente al enorme desafío y la
oportunidad de una profunda transformación. La reforma laboral
es, sin duda, uno de los puntales del cambio estructural que puede
llevar a la Argentina al Primer Mundo que nunca debió abandonar.
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